Paypal actualiza sus Condiciones de Uso

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Actualización: Sobre el próximo cambio anunciado hoy 17 de septiembre por Paypal, cuya entrada en vigor será el próximo 18 de noviembre, aquí los detalles de lo que cambia en las Condiciones de Uso.

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Paypal, el servicio de pago online, actualizó el pasado 16 de mayo sus Condiciones de Uso del Servicio. Esta modificación entra dentro de la lista de actualizaciones que ha estado implementando el servicio, como por ejemplo no hace mucho en su Política de Privacidad.

Geolocalización y otros datos de las empresas según sus términos y condiciones, en el Mapa de Términos y Condiciones.

¿Cuáles son las novedades? Vamos allá:

  • La cláusula 2.1, relativa al hecho de que al abrir una cuenta declaramos no actuar en nombre ni a beneficio de un tercero. Pues bien, ahora se ha añadido un inciso, no habría problema si se abre la cuenta a petición de la empresa para la que se trabaja. Si ese no es el caso, se dice también ahora que la cuenta únicamente debe estar a nombre de quien la abre.
  • La cláusula 4.1, relativa a la eliminación del límite de recepción, ha pasado de decir que Paypal puede actuar razonablemente para «(por ejemplo, y sin restricciones, para reducir el riesgo de fraude o crédito)» a «(por ejemplo, para reducir el riesgo de fraude o crédito, entre otros)». Es decir, desapareció el ‘sin restricciones’.
  • La cláusula 5 cambió de nombre, de «Saldos de Cuenta e información de transacción» a «Información sobre saldos de cuenta y transacciones».
  • La cláusula 8.2, relativa a la Conversión de divisas, introduce en su segundo párrafo una frase nueva: «Antes de completar el pago, puede desactivar la conversión de divisas que realiza PayPal seleccionando «Otras opciones de conversión» en la página «Revise su información» durante el proceso de pago».
  • La cláusula 9.1 ag), relativa a Actividades restringidas, ha aumentado su ámbito al también hacer referencia a no poder exponer a Paypal a un incumplimiento en materia de normativa sobre la financiación de actividades terroristas, entre otras.

  • La cláusula 11.3, relativa a la protección del vendedor de Paypal, ha cambiado tanto en estructura como contenido. Importante revisarla con detalle quien venda con Paypal. Lo que debe tenerse en cuenta es que han cambiado los valores a analizar a la hora de que se aplique la protección del vendedor por parte de Paypal, tanto en número de reclamaciones como volumen de pagos recibidos.
  • La cláusula 11.6 a), relativa a requisitos para la protección del vendedor, ahora ya no obliga a que el producto se haya adquirido vía eBay, simplemente a respetar los requisitos especificados en la sección 11.3 en relación con la cuenta PayPal.
  • La cláusula 11.7, ha modificado los requisitos de franqueo para la protección del vendedor.
  • La cláusula 13.2 c) iii), relativa a los requisitos de la protección del comprador, se ha visto ligeramente ampliada en sus previsiones.
  • La cláusula 13.11, respecto a la no recuperación por partida doble, también ha visto ampliado su ámbito al establecerse ahora el inciso final «…u otra parte interesada, o si ya ha abierto un caso para esa compra con eBay, el Destinatario del pago u otra parte interesada».
  • La cláusula 14.2, respecto a Disputas con Paypal, ha perdido la letra c), que hablaba de la CSSF o Commission de Surveillance du Secteur Financier como órgano competente.
  • La cláusula 14.11 d), relativa a poder reclamar vía el Financial Ombudsman del Reino Unido, también ha desaparecido.
  • La cláusula 15 z), que definía el concepto “País con cobertura SNAD total”, también ha desaparecido.
  • Finalmente, se indica ahora que los compradores de Mónaco, Montenegro, Macedonia, Moldavia y Serbia no pueden abrir una cuenta Paypal pero sí comprar con sus tarjetas en las webs de ciertos vendedores (Paypal).

Y hasta aquí las novedades más destacables.
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