Cómo obtener el certificado de startup o empresa emergente

  • septiembre 3, 2023
  • Jorge Morell Ramos

El 22 de diciembre de 2022 entró en vigor la Ley 28/2022, de 21 de diciembre, de fomento del ecosistema de las empresas emergentes, también conocida como «Ley Startup».

La misma establece por primera vez el concepto legal de startup o empresa emergente (en su traducción al castellano) para entender que lo será cualquier empresa cuyo objetivo sea desarrollar productos, servicios o procesos que mejoren sustancialmente el estado de la técnica o impliquen riesgo de fracaso.

Según la Exposición de Motivos de la ley, las startups o empresas emergentes tienen características específicas que hacen difícil su encaje en el marco normativo tradicional: A) alto riesgo derivado de su alto contenido innovador; B) la incertidumbre sobre el éxito de su modelo de negocio; C) dificultades para financiar las fases iniciales; D) el potencial de crecimiento exponencial condicionado a través de economías de escala; E) su dependencia de la captación y retención de trabajadores altamente cualificados y de alta productividad desde las fases iniciales de la empresa y F) la exposición a una fuerte competencia internacional por captar capital y talento extranjero.

Por todo ello las empresas emergentes encajan mal con los marcos normativos tradicionales en el ámbito fiscal, mercantil, civil y laboral. De ahí que se justifique un tratamiento diferenciado respecto a empresas con modelos de negocio convencionales.

La nueva Ley presenta novedades en tres grandes áreas con el objetivo de generar beneficios de distinto tipo para ellas: i) beneficios fiscales para los emprendedores, trabajadores e inversores; ii) reducción de trabas administrativas y facilitación de visados y iii) flexibilidad en la gestión de la empresa y en la aplicación de los principios mercantiles y concursales.

1.- Beneficios fiscales para emprendedores, trabajadores e inversores

– Mientras tengas la condición de empresa emergente, ya sea por impuesto de sociedades o no residentes, se tributa al 15% los 4 primeros periodos impositivos. Además, se puede pedir aplazamiento (12 y 6 meses) del pago de la deuda tributaria de los dos periodos con base imponible positiva.

Se extiende el aplazamiento del pago de las deudas tributarias durante los dos primeros años de actividad.

– No se disuelve la startup por pérdidas que dejen el patrimonio neto por debajo de la mitad del capital social hasta que no hayan pasado 3 años desde la constitución.

Creación de stock options hasta un máximo del 20% del capital para administradores, empleados o colaboradores. Los rendimientos del trabajo derivados de entregar stock options estarán exentos de IRPF hasta 50 mil euros.

Se bonifica al 100% durante tres años la cuota de autónomos a los trabajadores autónomos que posean el control efectivo de una empresa emergente y que paralelamente sean trabajadores por cuenta ajena.

El inversor extranjero solo necesita NIF, no NIE, y tiene deducción en el IRPF al 50% con un máximo de 100 mil euros anuales.

2.- Reducción de trabas administrativas

– Se crea ventanilla única para tramitar visados y permisos de residencia por razones de interés económico.

Nace el régimen de impatriados: si adquieres residencia fiscal en España puedes tributar por impuesto de no residentes.

Se regula el perfil de nómada digital, creándose una nueva categoría de visado y de autorización de residencia. Se permite entrar y residir en España durante un máximo de un año mientras que sus titulares trabajan para sí mismos o para empleadores en cualquier lugar del mundo.

3.- Flexibilizar la gestión de la empresa

Se favorece la equivalencia de los documentos emitidos en otros países, por ejemplo poderes de representación de notarios no españoles.

– Las empresas emergentes que operen en sectores regulados podrán solicitar a la autoridad administrativa reguladora de su ámbito de actividad una licencia de prueba temporal para el desarrollo de sus actividades por 1 año.

– Las universidades podrán crear o participar en entidades y empresas. Las empresas de base tecnológica spinoff que se formen serán consideradas empresas emergentes.

– En la concesión de subvenciones las condiciones de prestación de garantías que se dispongan serán flexibles para las empresas emergentes, en tema de garantías, por ejemplo.

Eso entre otras mejoras y beneficios.

Ahora bien, ¿qué hace falta para acceder a esas ayudas y beneficios? Estar certificado por ENISA, o el organismo en quien se haya delegado, como startup o empresa emergente.

Ese proceso de certificación se esperaba para finales de marzo de 2023 pero finalmente llegó el 21 de julio de 2023.

4.- El certificado de startup o empresa emergente

Según la Orden PCM/825/2023, de 20 de julio, por la que se regulan los criterios y el procedimiento de certificación de empresas emergentes que dan acceso a los beneficios y especialidades reconocidas en la Ley 28/2022, de 21 de diciembre, de fomento del ecosistema de las empresas emergentes, el proceso de certificación presenta los siguientes requisitos:

4.1.- Proceso online

Todo el proceso de certificación es online y un dato importante, aplica silencio administrativo positivo. Es decir, si en 3 meses ENISA no ha dado señales de vida, la solicitud se entiende como admitida.

4.2.- Datos básicos

Quien solicite el certificado de startup debe ser una empresa de nueva creación o una que lleve activa entre 5 o 7 años, según la actividad, y deberá presentar la siguiente información de empresa, representante y persona de contacto: denominación social, NIF, domicilio, teléfono, CNAE, actividad, poder notorial de representación, nombre y apellidos, DNI, cuentas anuales, certificados de Agencia Tributaria y Seguridad Social, escritura de constitución, modelo de declaración responsable, etc.

Destacar también que los grupos de empresa también pueden hacer la solicitud, lo que implica algunas particularidades a nivel de información.

4.3.- Criterios del carácter de emprendimiento innovador

La orden ministerial dice en sus artículos 4 y 5 que la empresa solicitante del certificado de empresa emergente deberá cumplir con unos criterios que evalúan el carácter de emprendimiento innovador de la empresa.

Si la empresa tiene un préstamo con ENISA de no más de 3 años y el mismo está en orden, esos criterios se dan automáticamente por cumplidos (también los del carácter escalable).

Si no fuera el caso, la empresa deberá demostrar que cumple una serie de criterios:

  • Criterios objetivos para evaluar el carácter innovador del emprendimiento (por ejemplo, ser beneficiario de ayudas o inversiones en I+D+i, haber obteniod premios o reconocimientos, informes del Ministerio de Ciencia e Innovación, bonificaciones por contratar personal investigador, el Sello de PYME innovadora, etc.).
  •  Desarrollar o utilizar patentes (aunque se excluyen las marcas y nombres comerciales, se incluye la protección de modelos de utilidad, diseños industriales, el registro de software, bases de datos, la protección de secretos empresariales, etc).
  • Utilizar tecnología propia (por ejemplo, que en los dos años previos el 15% de los gastos totales se dirigieran a investigación, desarrollo e innovación tecnológica).
  • Diferenciación en procesos de empresa, producto, servicios o modelo de negocio (por ejemplo, implementar nuevos métodos de producción o entrega, incluido el software, cambios en los componentes, materiales o técnicas de un producto o servicio, estrategias de marketing que hacen más único al producto o servicio en el mercado, etc).

4.4.- Criterios del carácter de emprendimiento escalable

Como en el caso de los criterios de carácter innovador, disponer de un préstamo con ENISA de no más de 3 años y que esté en orden automáticamente da por cumplidos estos criterios.

Si no fuera el caso, se valorarán los siguientes elementos para obtener el certificado de startup:

  • Grado de atractivo del mercado (por ejemplo, barreras de entrada, demanda actual, competencia existente, capacidad para crecer exponencialmente, etc).
  • Fase de la vida de la empresa (por ejemplo, si se opera con o sin productos/servicios en el mercado, tiempo que lleva activa la empresa, productos o servicios en desarrollo y tiempo esperado de llegada al mercado, etc).
  • Modelo de negocio (por ejemplo, con previsiones de los próximos 4 años o resultados del primero, así como la actividad de la empresa, antecedentes, inversiones previstas y realizadas, financiación a 18-24 meses, etc.).
  • Competencia (por ejemplo, ventajas e inconvenientes de los competidores, diferenciación, principales competidores, directos y reales, etc.).
  • Equipo directivo (por ejemplo, la experiencia, formación y trayectoria del equipo, pudiéndose utilizar fuentes externas como Linkedin y demás para comprobar lo indicado).
  • Socios y accionariado (por ejemplo, experiencia de los socios, grado de implicación, potencial solvencia económica, etc).
  • Proveedores (por ejemplo, los principales proveedores y su grado de importancia).
  • Clientes (por ejemplo, si ya se tienen, cuáles son los principales o potenciales, concentración de los mismos, etc).

En conclusión, obtener el certificado de startup o empresa emergente puede ser muy beneficioso pero es un proceso que requiere múltiple documentación respecto a diferentes cuestiones y aspectos de la empresa.

Además, es un proceso que pone de manifiesto la importancia de regularizar cuestiones legales como el registro de software, la propiedad industrial o los secretos empresariales de la empresa.

En definitiva, una gran oportunidad que merece la pena aprovechar y en la que podemos ayudar, ya sea en el proceso completo o requisitos puntuales del mismo 🙂

¡Feliz certificación!