LinkedIn no admite a usuarios involucrados en delitos violentos

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Y otros cambios llamativos en términos y condiciones

Nuevo Notas sobre TyC (Términos y Condiciones).

Como ya comenté, aquí no hacemos grandes monográficos como en el Blog, ni monitorizamos términos y condiciones como con el Boletín, ni geolocalizamos como en el Mapa u organizamos como en la Búsqueda por Edades.

Más fácil. Teniendo en cuenta que la media de cambios por semana ronda los 20, muchas modificaciones destacadas pasan desapercibidas. Por tanto el plan es utilizar este espacio cada 2 semanas para de forma breve y muy directa, dar más visibilidad a algunos de esos cambios más llamativos.

Esta semana les toca a Apple, El Corte Inglés, Fnac, LinkedIn y WordPress.

Pero comencemos por el protagonista de este titular, LinkedIn, que en realidad ha realizado 2 cambios llamativos en sus términos y condiciones en las últimas dos semanas.

El pasado día 18 de febrero actualizó sus Pautas comunitarias profesionales de LinkedIn para indicar que «En LinkedIn no admitimos a terroristas y a todas aquellas personas involucradas en delitos violentos». No admiten a terroristas y personas involucradas en delitos violentos. ¿Cómo pretenden saber algo así? ¿Pedirán de ahora en adelante un certificado de penales o declaración de responsabilidad, quizá? Sí, es su servicio y son sus reglas, pero chirría un poco la adecuación de una condición así.

En cualquier caso, no es la primera vez que LinkedIn realiza previsiones de este tipo, véase el caso de cuando prohibió el registro de los profesionales del sexo.

Además, tampoco es la única red social que tiene previsiones así. Facebook por ej. prohíbe el registro de usuarios condenados por delitos sexuales, punto 4.6 de su Declaración de Derechos y Responsabilidades.

La otra novedad por parte de LinkedIn fue en relación a las Condiciones de Uso de su API, modificadas el pasado 12 de febrero. La novedad radica en que ahora se limita mucho más su uso.

Respecto a Apple, modificó su Global Trade Compliance para ser de las primeras compañías que ya tiene presente la nueva relación comercial de Cuba y EE.UU. De modo que ahora Apple ya no la considera un país con el que Estados Unidos tiene un embargo total, y por tanto permite que algunos de sus productos se vendan allí.

Por su parte, El Corte Inglés realizó cambios en su política de devoluciones para al fin adaptarse (medio año después de la entrada en vigor de la norma) en cuestiones relativas al derecho de desistimiento (ya ponen a disposición el formulario para usarlo online). Además,  los productos de las marcas Pandora, Tous, Ángel Schlesser, Aristocrazy y Camomilla ya no están excluidos de la posibilidad de desistir (algo que era bastante cuestionable).

En relación a Fnac, hizo un ajuste en sus Condiciones generales de uso y contratación para limitar algo la opción de devolver una compra online en tienda física. Ahora debería presentarse factura de compra y albarán de envío (lógico), pero si se ha hecho la compra mediante transferencia bancaria, no puede usarse esta modalidad de devolución.

Finalmente, WordPress actualizó la licencia Creative Commons que aplica a sus términos y condiciones, de la versión 2.5 a la 4.0. Y es que WordPress no tiene ningún problema en que le copies sus condiciones de uso y privacidad, simplemente los somete a una CC Share-Alike. Ahora en su versión más reciente.

¡Hasta la próxima!

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