Boletín de Términos y Condiciones – Del 21 al 27 de Mayo

  • mayo 28, 2013
  • Jorge Morell Ramos

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Aquí los cambios y novedades que ha deparado esta semana 21, del 21 al 27 de mayo 2013, ambos inclusive, en materia de términos y condiciones.

Geolocalización y otros datos de las empresas según sus términos y condiciones, en el Mapa de Términos y Condiciones.

Vamos con el Boletín de Términos y Condiciones o BTC 14-13:

  • Buffer, la herramienta de analítica en redes sociales, cambió la semana pasada sus Terms of Use, concretamente su cláusula 6 «Content». Por una parte para indicar que no apoyan la distribución de contenido pornográfico y por otra para eliminar todo el inciso final, que permitía un uso limitado y personal de los contenidos de la web.
  • Facebook, la red social, actualizó el pasado 22 de mayo sus Platform Policies para indicar en la cláusula IV.6 que el requerimiento en relación a la opción «Requests» (consistente en que no pueden darse opciones preseleccionadas o incluirse un botón de «Elegir todas»), ahora entrará en vigor en 2 de octubre y no el 10 de julio, como estaba previsto.
  • Facebook de nuevo, actualizó el pasado 21 de mayo sus Condiciones de Pago, concretamente la cláusula 7.4 (relativa a qué se entiende en cada caso por «Facebook»). La cláusula pasa de tener 5 subapartados a 10, siendo las nuevas incorporaciones los apartados 3, 5, 6, 7 y 8, relativos a los usuarios de EE. UU. que residan en Alaska, Colorado, Florida, Illinois, Maryland y Texas.
  • Geonick, la red social, modificó el pasado 27 de mayo sus Condiciones generales de uso, concretamente artículos 6 y 13. En relación al artículo 13, relativo a geolocalización, se señala que ahora también puede obtenerse la localización del usuario vía la posición GPS que proporciona la app móvil. En cuanto al 6, relativo al «Contenido facilitado a Geonick» se incluye un nuevo macro párrafo estableciendo los aspectos de la licencia de los contenidos que un usuario sube al sitio. En términos generales es bastante razonable todo lo que señala. Reproduzco el párrafo en cuestión: «Los contenidos que sean incorporados por los usuarios a Geonick.com, sean textos, fotos o videos, así como los derechos de propiedad intelectual inherentes a los mismos, pertenecerán a sus autores/ realizadores. Los usuarios cederán a Geonick, con carácter no exclusivo, por el tiempo máximo que permita la ley de propiedad intelectual, y con ámbito territorial mundial, los derechos de explotación que sobre los contenidos incorporados recaigan, y en particular los derechos de reproducción, de comunicación pública, y de puesta a disposición al público por Internet, transformación y distribución, de fotografías, textos, videos o cualquier otro contenido que sea objeto de protección, según la legislación vigente de propiedad intelectual, para el solo objeto de ser expuestos y comunicados a este sitio Web. Asimismo autorizan a Geonick para que proceda a la modificación de textos y otros contenidos como fotos y videos, con el fin de adecuarlos a las especificaciones y requisitos técnicos exigidos por el sitio Web. Además, estos contenidos que los usuarios suban a la página web Geonick.com, podrán ser compartidos en otras redes sociales como Facebook, Twitter o Youtube por parte de los usuarios de la comunidad Geonick o bien por parte de usuarios ajenos a dicha comunidad. Los derechos de imagen contenidos en las fotografías y videos que el usuario incorpore a Geonick.com quedan expresamente cedidos de forma no exclusiva a Geonick, con el solo fin de exponer dichas imágenes a través de la página web, siempre dentro de la temática y de acuerdo al contenido y objetivo de Geonick, o con fines publicitarios o promocionales del mismo sitio. Geonick se exime de toda clase de responsabilidad por eventuales reclamaciones de terceros por concepto de derechos de propiedad intelectual, patentes o marcas, en relación con cualquier tipo de contenido que los usuarios suban a la página web de Geonick.com. Este tipo de reclamaciones serán directamente derivadas al usuario, el cuál responderá en forma íntegra por los daños, perjuicios y gastos jurídicos que se ocasionen.»

  • Go Daddy, el proveedor de alojamiento y registrador de dominios, modificó el pasado 24 de mayo su Contrato del Programa de Afiliado Directo para eliminar la antigua cláusula 3 «Participación en el Programa», reubicar la letra a) de la misma como inciso final de la cláusula 2 «Descripción del programa» y para eliminar la letra b), que decía que los empleados de Go Daddy (y familiares directos) no podían participar en el programa para afiliados directos.
  • La Caixa, la entidad bancaria, hizo la semana pasada un pequeño ajuste en su Aviso Legal, concretamente en el apartado «Política de Cookies». La definición de cookie ahora es más detallada y se ofrece información sobre cómo desactivar las cookies en Safari, Internet Explorer, Google Chrome y Firefox.
  • Peerindex, el servicio de influencia online, modificó por completo el pasado 21 de mayo sus Terms of Website Use y su Privacy Policy (aunque se señala Abril 2013 como última fecha de cambio).
  • Samsung, la multinacional de la electrónica coreana, modificó el pasado 26 y 27 de mayo en varios aspectos su sección Más términos por servicio, afectando a servicios como el Video Hub, Samsung Music, Samsung Learning, Smart Appliance y Samsung WatchON. Entre los varios cambios, uno curioso, durante un día se estableció que cuando contrataramos en España con Samsung lo hacíamos con su filial alemana, y no con Corea del Sur, como ocurría antes. Sin embargo al día siguiente se revertió ese cambió a la versión anterior, es decir, Samsung Corea del Norte.
  • Unity, el engine para desarrollo de videjuegos, cambió el pasado 22 de mayo su Software License Agreement. El primer cambio es relativo a la cláusula ‘One user per license’, que ahora únicamente exige a los usuarios gubernamentales y comerciales la compra de una licencia para cada usuario que emplee algún producto de Unity (antes no se hacía tal distinción). Además, ahora se indica que si la licencia se ha adquirido con finalidad educacional, debe comprarse una licencia por ordenador en el que el software se emplee. Por otro lado, la cláusula relativa a «Adobe Flash Platform Requirements», o cualquier mención del tema, ha desaparecido. El clausulado, que ahora se ha enumerado, tiene una nueva incorporación respecto a la versión anterior con la número 4, «Fees and Taxes». Otro cambio es la actual cláusula 5 «Consent to Data Collection, Privacy Policy Obligations and Verification», que además de ver más detallada su letra a), gana otros dos apartados, la letra b) exigiendo Política de Privacidad para todo producto que distribuya contenido licenciado y la letra c) para indicar que Unity puede requerir en cualquier momento una auditoría de equipos, a efectos de comprobar que el software se está usando de acuerdo a los términos y condiciones. Otra modificación, en la actual cláusula 7 «Term», que ahora establece que una vez finalizada la suscripción adquirida, ésta se renovará automáticamente mes a mes, hasta que se dé nueva orden (antes se renovaba por el mismo periodo de tiempo contratado). Además, Unity dice ahora que puede en cualquier momento dar por finalizado o modificar el período de suscripción adquirido. Nuevo cambio en la cláusula 12 «General», que establece ahora la prioridad de la versión en inglés de la licencia en caso de contradicciones con otras versiones. Finalmente, la cláusula 13 «Definitions» introduce un nuevo concepto, ‘Unity Pro’, elimina todas las referencias a Flash y amplia el concepto de «Entidad Legal» en cuanto a institución académica (inciso final).

Y hasta aquí las novedades de este BTC 14-13.
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